La Ley de Conscripción y Alistamiento Militar publicada en Gaceta Oficial de la Republica Nro. 5933, de fecha 20 de octubre de 2009, en mi opinión es un retroceso en los alcances de la lucha el reconocimiento, respeto y aplicación de los derechos humanos, se presta para la discriminación, pone en riesgo el ejercicio efectivo de derechos humanos consagrados en la carta magna y definitivamente establece el aprendizaje militar como única forma de servicio y defensa integral de la nación, punto este contrario a los que apostamos al fortalecimiento de la cultura de paz.

La Carta Magna establece que es deber de todos los venezolanos (as) prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública y, establece que nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso, la ley sancionada establece el deber de los venezolanos a prestar servicio militar se observa claramente que el Servicio Civil no esta establecido como aporte al desarrollo y defensa integral del país, pudiendo concluir que la concepción del Estado es la formación militar y las armas como única forma de defensa y desarrollo , postura inconcebible cuando el último conflicto bélico fue en las guerras independentistas y que en los últimos 40 años no ha tenido una amenaza sería de conflicto armado con país alguno.

Otro punto que preocupa, de la ley in comenta es que establece como requisito indispensable para el empleo en organismos públicos que impliquen la utilización de armas de fuego, que los elegibles hayan prestado el servicio militar, entonces; que pasa con las policías civiles? Cuando la practica nos ha demostrado que la formación militar tiene concepciones y filosofías distintas a la vida civil y por ende los Estados siempre se han cuidado de separa lo civil de lo militar en cuanto a administración de justicia y resguardo ciudadano se refiere.

También es importante hacer la siguiente reflexión; en el pasado veía como mi hermano y sus amigos corrían de lo que llamaban la “RECLUTA”, escuché como los perseguían en todas partes (casas, puertas de universidades, cines, restaurantes etc) y también viví el como la ciudadanía celebró con la constitución del año 1999 la eliminación del reclutamiento forzoso y el establecimiento claro del Servicio Civil como opción para servir a la patria y como reivindicación para los que apostamos a la cultura de paz, y no creemos en la formación militar de los civiles. Si bien es cierto que en ya no perseguirán físicamente a las personas que estén en edad militar para reclutarlos pero ahora los persiguen discriminan y sancionan para que lo hagan contrario esto a los establecido en la constitución nacional art. 130 al 135.

Según esta ley los venezolanos no tienen más opción que alistarse en el Servicio Militar, caso contrario seremos víctimas; del desconocimiento de Derechos Fundamentales como el Derecho a la Educación y el libre desenvolvimiento y desarrollo intelectual (la inscripción militar o la prestación del servicio militar es un requisito obligatorio para inscribirse en institutos de educación diversificada y universitaria y hasta para la obtención de becas), del desconocimiento de nuestro derecho al Trabajo discriminando a quienes no quieran alistarse ( es requisito la inscripción militar para quienes quieran ser admitidos en cargos públicos nacionales, estadales o municipales), al libre transito (pues no puede obtener licencia de conducir el que no este inscrito) y seremos multados por no estra inscritos en el servicio militar o no haberlo prestado, son esas las sanciones o consecuencias de ser “Renuentes” como nos califican a los que por principios nos oponemos a ser obedientes a esta ley, por objeción de conciencia. NO ME INSCRIBIRE Y les invito a que solicitemos la nulidad de esta ley por inconstitucional.

Todo acto del poder público que colida con la constitución es NULO.

Algunos puntos adicionales:

Me llegaron comentarios que pido a todos lean la ley antes de correrlos y generar una matriz de opinión.

1- Es mentira que las empresas están obligadas a inscribir a sus trabajadores, las empresas están obligadas a informar sobre el deber de la inscripción militar ,es la única obligación impuesta para ellas.

2- Es mentira que no poseer la inscripción militar es una causal de despido, las causas de terminación de la relación de trabajo están en la Ley Orgánica del Trabajo ley jerárquicamente superior a la de conscripción y alistamiento militar y esta última no tiene causas de terminación de la relación de trabajo.

3- Es mentira que las empresas que no exijan la inscripción militar serán multadas y que deberan solicitar la inscripción militar para emplear.

A mis colegas abogados y a ustedes mis queridos amigos por favor lean la ley antes de seguir corriendo opiniones basadas en especulaciones, la gaceta oficial es la 5933 de fecha 20 de octubre de 2009, y cuando la vayan a leer lean los artículos de la constitución ; 2,7,19, 130 al 135, para que vean la inconstitucionalidad de esta ley y se formen una opinion.

Auspy Villegas G

Abogado Activista de Derechos Humanos

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